ayuda a novatos
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el 17-03-2008 20:16
atentamente surfsnowoutlet,gracias
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el 17-03-2008 23:13
Si el IVA de lo que tu vendes es del 16%, simplemente tendrás que dividir el valor final por 116 y multiplicarlo por 100 para obtener el precio anterior al IVA y poder confeccionar una factura legal a todo aque cliente que te la pida o para todos aquellos artículos que vendas con algún tipo de garantía. (Según la misma ley, la única garantía válida es la factura de compra).
Un saludo
Jaime
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el 18-03-2008 00:21
Ahora creo no se puede porque hace tiempo que no veo configuraciones así.
HE visto anuncios que incluyen el IVA y eBay lo notifica:
380005656431
También he visto Muchos anuncios de gente que dice que hay que añadirle el IVA al final de la subasta... eso está mal y eBay debería arreglarlo. También algún listo que dice que en Canarias también deben pagar el IVA (por sus cojones).
Saludos
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el 18-03-2008 13:30
muchas gracias por la rapida contestacion
que programa podemos utlizar para las facturas?
gracias de nuevo
saludos
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el 19-03-2008 12:48
Si la venta que realizas es superior a 150 Euros es obligado el NIF.
Que soluciones hay... ninguna solo queda pedir tu al comprador el nif.
Nosotros como el valor de los articulos que vendemos es poquito cuando hemos superado 150 euros en un mismo pedido hemos lo hemos desglosado en dos (o mas facturas)
Xavier
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el 19-03-2008 15:37
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el 19-03-2008 16:01
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el 19-03-2008 20:59
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el 20-03-2008 10:42
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el 20-03-2008 11:46
No he entendido muy bien el tema que comentas sobre los 3.000 Euros pero sobre el IVA hay varias observaciones que pueden ser de interés.
-El Iva no distingue empresas de particulares, todos son sujetos pasivos y SIEMPRE hay que declarar el IVA sea el importe que sea. Un particular tiene un piso y se lo alquila a una empresa como despacho por ejemplo y trimestralemtne debe de ingresar dicho IVA.
-Otra cosa es que por cierto tipo de empresas o volumenes hay ciertas particularidades pero no es el caso de nuestras empresa casi casi con toda seguridad
-Bien presentando el 036 o bien con una sola declaración ya estás "retratado" en HAcienda y te van a exigir trimestralemente el 300 y el 390 a final de año. Si dejais de generar o soportar IVA daros de baja en Hacienda para que no os reclamente el mismo.
-Desde este año las PYMES si tienen la obligación de presenta via telemática las delcaraciones informativas (390, 347..) y a partir creo de octubre incluso el modelo 300.
-El modelo 347 se refiere a volumen total de operaciones de trafico normal de peraciones superiores a 3000 EUROS (IVA inluido) que el sujeto pasivo ha registrado en un eejrcicio. Así no creo que haya ningún cliente que os haya comprado más de 3000 Euros pero si que a lo mejor tu les has comprado más de 3000 Euros a tu proveedor y tienes la oblñogación de declararlo en el 347 pues tu proveedor, si te ha hecho facturas tambien te declarará a ti y luego cruzan la información en Hacienda...
Espero haber explicado un poco el panorama pero ante la duda hacer la consulta a un asesor o la Agencia tributaria.. Luego en un palo que te den te sacan la sangre congelada....
Saludos
Entre bomberos...nadie se pisa la manguera
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el 20-03-2008 15:35


