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el 30-04-2024 20:32
Buenas,
según el "ACUERDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y EBAY PARA LA
PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL" eBay sólo puede informar a Hacienda sobre los artículos vendidos a clientes residentes o establecidos en España, como bien indican en el punto 2 de la clausula Quinta:
"2. Los datos que eBay pondrá a disposición de la Agencia Tributaria, en la medida en
que eBay tenga acceso estructurado a los mismos y en relación con cada uno de sus
clientes (vendedores), personas físicas o jurídicas y otras entidades sin personalidad
jurídica, que utilicen sus tiendas virtuales dirigidas a clientes finales residentes o
establecidos en España para vender sus productos en territorio español, serán los
siguientes:
a. Nombre legal del vendedor.
b. Preferentemente el número de registro de IVA en España, en su defecto, el
número de identificación en la UE y, en última instancia, cualquier otro número
de identificación fiscal proporcionado por el vendedor que esté disponible.
c. Domicilio social.
d. Dirección de correo electrónico registrada.
e. Total de unidades enviadas a clientes residentes o establecidos en España a
través de la tienda virtual dirigido a tales clientes de eBay."
Por tanto, los artículos vendidos al resto del mundo NO DEBEN FIGURAR EN LA DECLARACIÓN.
¡Yo lo entiendo así!, ¿cierto?