Se que lo lógico sería que te diesen a ti la razón, pero sus normas dicen explicitamente que para poder acogerte a la protección del comprador los envíos deben ser con número de seguimiento que puedan demostrar que se hizo el envío y que este fue rechazado o entregado. Y las fotos a recibos ni videos sirven como prueba.

 

Yo no discuto si tienes o no la culpa, solo te respondo que pasa en estos casos... Y yo mismo ya lo he vivido.