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el 07-07-2015 12:29
Se que lo lógico sería que te diesen a ti la razón, pero sus normas dicen explicitamente que para poder acogerte a la protección del comprador los envíos deben ser con número de seguimiento que puedan demostrar que se hizo el envío y que este fue rechazado o entregado. Y las fotos a recibos ni videos sirven como prueba.
Yo no discuto si tienes o no la culpa, solo te respondo que pasa en estos casos... Y yo mismo ya lo he vivido.
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