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el 03-03-2009 21:31
ketienda
Se supone que en las operaciones intracomunitarias entre empresas no se debe cobrar el IVA, pero para ello tienes que solicitar el número internacional de IVA (creo que en hacienda) mediante un formulario para que te den de alta en el registro. También tienes que estar dado de alta como empresa o autónomo, claro.
Se supone que en las operaciones intracomunitarias entre empresas no se debe cobrar el IVA, pero para ello tienes que solicitar el número internacional de IVA (creo que en hacienda) mediante un formulario para que te den de alta en el registro. También tienes que estar dado de alta como empresa o autónomo, claro.