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Usuario de la Comunidad
Las sociedades tienen que estar inscritas, sino no eres sociedad (a menos que seas persona física, como un autónomo, comunidad de bienes, sociedad civil, etc...)

Las sociedades registradas (SL, SA...) son como si fueran otra persona diferente, con su propio CIF y responden a las deudas con el dinero de la sociedad no con el capital ilimitado del autónomo que opera con su NIF.

Si te denuncian a ti como autónomo o sociedad civil, ... y te hacen pagar 50 millones, pues los pagas.
Si denuncian a tu empresa y tienes que pagar 50 millones pero solo tienes 1000€ en la cuenta pues cierras la empresa y a otra cosa (siempre que el administrador no haya puesto mala fé en la operación que ha llevado a la multa).