Aquí te teines que leer la letra pequeña..... la que se escostillo por verselo y luego lo tenia pelao....

 

Requisitos generales para el reintegro

  • Sólo puedes optar al reintegro la primera vez que vuelvas a poner en venta un artículo. Si se vuelve a poner en venta posteriormente, no tendrás opción al reintegro.

  • Debes poner en venta el artículo en los 90 días posteriores a la fecha de cierre del anuncio original.

  • Tanto el anuncio original como el de la segunda puesta en venta deberán tener formato de subasta.

  • Los formatos de anuncio Precio fijo y Anuncio clasificado Inmobiliaria no reúnen los requisitos para recibir el reintegro de artículo nuevamente a la venta.

  • Tanto el anuncio original como el de la segunda puesta en venta deberán ser de una sola unidad (no de varios artículos o "subasta holandesa").

  • El precio de salida que establezcas para el artículo que vuelves a poner en venta no debe superar el indicado en el anuncio original.

  • El artículo nuevamente a la venta deberá finalizar con un comprador ganador. Si el artículo no se vende la segunda vez, no se reembolsará la tarifa de publicación de anuncios

     

    Toma del frasco carrasco!!!