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el 28-11-2013 18:35
Aquí te teines que leer la letra pequeña..... la que se escostillo por verselo y luego lo tenia pelao....
Requisitos generales para el reintegro
Sólo puedes optar al reintegro la primera vez que vuelvas a poner en venta un artículo. Si se vuelve a poner en venta posteriormente, no tendrás opción al reintegro.
Debes poner en venta el artículo en los 90 días posteriores a la fecha de cierre del anuncio original.
Tanto el anuncio original como el de la segunda puesta en venta deberán tener formato de subasta.
Los formatos de anuncio Precio fijo y Anuncio clasificado Inmobiliaria no reúnen los requisitos para recibir el reintegro de artículo nuevamente a la venta.
Tanto el anuncio original como el de la segunda puesta en venta deberán ser de una sola unidad (no de varios artículos o "subasta holandesa").
El precio de salida que establezcas para el artículo que vuelves a poner en venta no debe superar el indicado en el anuncio original.
El artículo nuevamente a la venta deberá finalizar con un comprador ganador. Si el artículo no se vende la segunda vez, no se reembolsará la tarifa de publicación de anuncios
Toma del frasco carrasco!!!