Si que puedes... antes era como indicas. Pero debido a lo que esta sucediendo.

 

Han aplicado nuevas normas 01/01/2016

 

Que dice que ya no es culpable el remitente ya que dicho envío se encuentra en el País de destino (en este caso España) al estar dentro de España disponen de unos plazos máximos de entrega.

 

 

Ya que denominan que el cliente ha pagado por unos servicios por el porte de envío... y el propio receptor puede reclamar como si fuese un servicio de envío de propio Correos, ADT que Correos Express.

 

Es por eso que muchos links de adtpostales los han eliminado y los andarán actualizando.

 

Esto ha sido debido a las reclamaciones y formas de actuar de ADT POSTALES ante los clientes... aparte de los retrasos que disponen.

Saludos

Luis