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el 20-08-2007 14:13
Para chukeito.
Cuando hablas de playero entiendo que te refieres a calzado.
Pues si, cabe la posibilidad de que sean retenidos y te pidan justificacion de los mismos, otra posibilidad es que pasen libremente,
En caso de ser retenido y soliciten justificacion del producto, en el caso de no ser aportado, seran destruidos.
Para el caso de tener que pasar aduana y te permitan el despacho, el calzado esta incluido dentro de la partida 64 y puede llegar al 17 % de arancel mas el correspondiente IVA 16 %
Cuando hablas de playero entiendo que te refieres a calzado.
Pues si, cabe la posibilidad de que sean retenidos y te pidan justificacion de los mismos, otra posibilidad es que pasen libremente,
En caso de ser retenido y soliciten justificacion del producto, en el caso de no ser aportado, seran destruidos.
Para el caso de tener que pasar aduana y te permitan el despacho, el calzado esta incluido dentro de la partida 64 y puede llegar al 17 % de arancel mas el correspondiente IVA 16 %