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¿cómo vender de segunda mano al extranjero un particular desde España?

od100e
Usuario de la Comunidad

Una simple pregunta que introduciéndola en un buscador de Internet no aloja ningún resultado.
¿como vender de segunda mano al extranjero?
Podemos encontrar varias web que explican para empresas los trámites a seguir para vender en el exterior desde España, y aun así, cada una indica rellenar unos documentos diferentes a la otra.
Según lo que he podido recopilar para vender como empresa:
-Registrarse como exportador en la Agencia Tributaria.
-Factura pro-forma (esta la indican todas las web excepto la de Seur que dice: Según corresponda.
-Factura comercial (lo indican todas las web excepto Seur que dice: Según corresponda)
-Factura Aduanera (solo lo indica el Instituto Español de Comercio Exterior-icex)
-Factura Consular (solo para algunos países)
-Lista de contenido aka Packing List (Seur lo llama declaración cierta de contenido)
-Documento Único Administrativo de Exportación (DUA) expedido por AEAT (lo dicen todas las web)
-Certificado de origen (lugar de fabricación)
-Documentos de transporte internacional (no lo dice el icex)
-Autorización Global de despacho al transportista en AEAT para representar al exportador (lo dice Genei.es y TNT)
-Certificado de uso final de la mercancia (solo lo dice Genei.es) (un ordenador o teléfono se pueden usar para guerra militar)
-Incoterms (solo lo dice TNT para global y Seur para Andorra)
-Cuadernos ATA o CPD (solo en el caso de importaciones temporales)
-Declaración sobre Productos de doble uso (solo lo dice TNT)
-Además hay que revisar los países sancionados internacionalmente (solo lo dice TNT)

-Otros:

Además de estos pueden ser requeridos documentos certificados veterinarios, fitosanitarios, sanitarios, etc. en función de la naturaleza de la mercancía. Y, también, hay documentos específicos en función del país de origen. En el caso de países como México, Colombia, Suiza y Panamá hay unos documentos específicos subyugados a los beneficios arancelarios derivados de acuerdos internacionales.
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Bien, es facilito ;-( pero ahora lo que deseo saber son los trámites para los casos de ventas particulares.
¿basta con una declaración de contenido aka Declaración jurada?
Sobre todo me interesa el tema de la etiquetas que deben de llevar los paquetes.
Por lo que he visto en Internet las importaciones a la UE deben de especificar junto al artículo un número llamado Tariff Number que determina el arancel de importación, sin embargo internacionalmente se usa un número distinto llamado HS code.
Me surge la duda si todo lo anterior se exige para pequeños paquetes pero no veo una reglamentación distinta.
Sin embargo, en la práctica, todos los paquetes que me llegan del extranjero comprado en eBay traen tan solo una pequeña pegatina que parece sustituir al tocho Packing List de 2 hojas que indican los transportistas españoles.
En ella se indica:
Tipo de envío (4 opciones): Regalo/ Documentos/ Muestra comercial/ Otros
HS code/Tariff number => Siempre viene vacio sin indicar nada.
Packing List => Describen el contenido.
Valor => Indican el valor de la mercancia.

Todo esto da para reflexionar...
-No viene ningún tipo de factura junto a ningún paquete, solo la pegatina.
-En la opciones de tipo de envío no hay una que diga "venta comercial".

Da que pensar que ninguna tienda internacional tiene permiso de exportación en su país. Por eso envían sin factura y marcan la opción “regalo” u “otro” pues "no hay opción venta comercial".
-Packing List => Único que se cumple medianamente.
-Valor => Según las normativas UE que he leido no solo debe de indicar el valor del contenido sino que debe de incluir el precio del transporte hasta la aduana española. Por lo que un paquete grande marcado con valor 10$ dudo que lo incluya.
De todo esto lo que me tiene más mosca es el tema de los aranceles, ningún paquete que me llega indica número Tariff o HS code que debe de determinar el tipo de arancel que se cobra en la UE, el cual puede oscilar entre el 0 y el 17% del valor.
Por contra los paquetes que pasan por la aduana española se cobran a un arancel genérico del 2,5% si su valor supera los 150€ tal y como viene explicado en la web de la agencia tributaria.
¿entonces a quién se le cobra el arancel del 17% si se puede elegir el genérico del 2,5%?
Me da la sensación de que tratan de aplicar una norma distinta a las importaciones en contenedores completos a las de importaciones de paquetes sueltos. El caso es que no deja de ser un invento, pues no veo ninguna ley que determine esta diferencia ni que regule lo que explica la Agencia Tributaria en su web, por lo que no deja de ser una elucubración virtual, no indican de la existencia de ninguna ley que repalde este contenido:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Aduanas_e_Impuestos_Espe...

Bueno, pues a lo que vamos...
¿se puede vender como particular al extranjero o no se puede?
En caso afirmativo ¿cuales son los documentos exigidos internacionalmente, con independencia del país de destino?
Me refiero a la pegatina, ¿basta con poner una como las que nos llegan y listo?
¿si pongo que es una venta particular tendré problemas de aduanas en España como exportador o en otro país como importador?
Le valdrá al otro país mi declaración de contenido y venta como particular.
Además por lo que leo debe de venir al menos todo en inglés.

Me parece imprescindible conocer estos datos, he llamado a la Agencia Tributaria y me dicen que hay que adjuntar una "declaración juarada" y lo que diga el trasportista. A mi con esta explicación no me basta, pues si yo quiero vender a China tengo que rellenar yo en casa la documentación, no puedo llegar a correos e introducir con un bolígrafo la dirección de destino en chino, sino que tengo que llevarla impresa previamente.



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1 RESPUESTA 1

Re: ¿cómo vender de segunda mano al extranjero un particular desde España?

agaliana2010b
Usuario de la Comunidad

Estoy con las mismas dudas, no te puedo ayudar pero tengo que enviar un artíclo fuera y rellenar el documento de aduana.

No se muy bien hasta qué punto hay que ser preciso, porque entiendo que si vendes algo que aduana considera que deba cobrar tarifas, entonces peude haber problemas de que el comprador no quiera recibirlo y acabes perdiendo dinero y con el paquete retenido.

 

He visto que mucha gente envía como "regalo" los artículos, pero no se hasta que punto es legal. Yo he recibido muchos (yo diría que el 90%) y nunca he tenido problemas... es muy confuso, así que si alguien tiene experiencia, estaría bien que lo dijera.

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