el 08-03-2013 10:17
Hola,
He comprado fuera de Europa y el paquete ha pasado por aduanas. Me habian comentado que algo se puede desgravar al hacer la declaración de la renta, yo no soy empresa. ¿Es eso cierto? ¿Como se hace?
Gracias
Por complementar la respuesta anterior que es absolutamente correcta, decir que tanto el IVA, como los gastos y aranceles pagados por una importación, son solo deducibles si se tiene la condición de empresario, acreditada de manera efectiva con las altas correspondientes en el censo de actividades económicas (modelo 036). Además, el IVA solo es deducible pero siempre en la medida en que los bienes y servicios adquiridos, sean susceptibles de desgravación y se vayan a emplear en operaciones que dan derecho a la deducción. Por tanto, si no se cumplen esas condiciones básicas no se puede deducir y menos aun en la declaración de la renta.
Si eres particular el IVA no se puede repercutir, y los otros gastos no son desgravables.
Ya te digo!
Aunque no te extrañe que alguien pueda pactar con Hacienda una simulación de desgravación en forma de arancel con pago en diferido ]:)
Vamos, que no