el 01-02-2011 01:04
La respuesta de Cero sintetiza a la perfección la situación y desde aqui, en foro público, solo se te puede decir que toda rendimiento que se produzca como consecuencia de una actividad económica recurrente, debe ser declarada a Hacienda.
Cosa muy distinta sería que las ventas en eBay fueran solo una enajenación/liquidación de bienes propios que no resultaran en una variación patrimonial significativa pero, a la vista de lo que dices, no parece que sea el tú caso.