Saludos Arancel64.
• Antes de proceder con las consultas, permíte felicitarte por tu labor de asesoramiento en un asunto tan complicado para casi todos como es éste.
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• Un familiar y yo estamos considerando comprar 1 ó 2 microprocesadores a un comerciante de EE.UU. en eBay. El destino de tales artículos, en caso de proceder con la compra de los mismos, son las Islas Canarias donde, como sabemos, hay IGIC en vez de IVA. Los portes de envío estimados por un formulario web de ChannelAdvisor(TM) serían los siguientes:
> Por "US Postal Service - Airmail Parcel Post":
>>> $30.17 (aprox. 22,10€) y $40.17 (aprox. 29,42€) para una y dos unidades respectivamente.
> Por "US Postal Service - Global Express Mail (EMS)":
>>> $42.52 (aprox. 31,14€) y $56.52 (aprox. 41,39€) para una y dos unidades respectivamente.
· Con respecto a esta transacción plantearía las siguientes preguntas (de ser procedentes):
·> ¿Qué valor arancelario sería de aplicar en este caso (microprocesadores)? (Antes de IGIC).
·> ¿Qué valor de IGIC correspondería a este tipo de artículo (ídem)?
·> ¿Cuánto tiempo de retención aduanera se aplicaría a este/os artículo/s?
·> Retenciones aduaneras aparte, ¿cuál sería el tiempo estimado de transporte con cada servicio citado? (En caso de no conocerse la respuesta podría obviarse esta pregunta).
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• En relación a una compra efectuada la semana pasada a un vendedor de Alemania también de un microprocesador, con el mismo destino a Canarias y dado que origen y destino están dentro del ámbito comunitario europeo, me surgen, básicamente, las mismas tres primeras preguntas planteadas en caso anterior (en caso de ser aplicables): Porcentajes arancelario y de impuesto local así como tiempo de retención aduanera.
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· En sentido genérico:
·> ¿Se aplica el mismo valor arancelario a los componentes informáticos electrónicos comunes? (microprocesadores, placas base, módulos de memoria, tarjetas -gráficas, de sonido, de captura, etc...-, discos duros, etc...)
·> ¿Las retenciones en aduanas, que por una respuesta anterior sé ya que están limitadas a 20 días para ser despachadas, pueden producirse en más de una ocasión? (Es decir; retención en Madrid, luego en la costa occidental de Andalucía antes del salto a Canarias, luego al entrar en Canarias, etc..., tanto en el sentido de si es una práctica permitida y/o incentivada por ley como si, e independientemente de si está permitida, es práctica más bien habitual).
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De antemano, muchísimias gracias Arancel 64.
Atte.,
SuperIbeier