Para Drakhart y a todos en general
1. Lamentablemente los plazos de tramitación efectivamente son lentos, el incremento de compras por Internet han puesto contra las cuerdas a los Servicios de Aduana y de Correos España para poder atender con la viabilidad necesaria, pero se trabaja mucho en mejorar estos aspectos.
2. Los paquetes postales nunca se subastan o se destruyen, en caso de ser imposible su tramitación se devuelven al remitente.
3. La entrega en domicilio corre siempre por cuenta de Correos España.
4. Cuando un paquete llega a españa por Correo de un País no comunitario el Inspector de Aduanas puede tomar 5 decisiones:
a) Dejar libre el paquete para su entrega sin cobrar impuestos, si dispone de elementos necesarios para contrastar que se trata de un envío de poco valor, no contiene mercancias sensibles (prohibidas o necesitan autorización de otros organismos)
b) Liquidar impuestos sobre los valores y contenidos declarados que se cobraran contra-rembolso por Correos España en la entrega del paquete.
c) Solicitar al destinatario justificantes de compra o facturas debido a que bien no trae datos declarados el paquete, bien son sospechosos que los datos declarados no son ciertos. Esta solicitud se realiza mediante carta certificada con un Aviso de Llegada del Envío SOLICITUD DOCUMENTOS. Una vez remiten los documentos el Inspector tomara la decisión a) ; b); d) ó e).
d) Debido a los datos que figuran en el envío, por cuantía de mercancía, por valor, emitir mediante carta certificada un Aviso de Llegada del Envío SOLICITUD DE DUA. Que quiere decir que debe realizar el destinatario el trámite de Aduanas mediante alguno de los 3 procedimientos que le comunican en la carta.
e) solicitar la intervención de otros organismos debido a la mnaturaleza sensible de la mercancía (Ministerio Sanidad, Farmacía, veterinario, CITES, Intervención de Armas, Fitopatologico, control de marcas, etc.) Y estos últimos autorizan la entrada con los procedimientos a); b) o d).
Un saludo.