Cartujilla,
No es una dispusta ni mucho menos, pero si una aclaracion de conceptos,
Evidentemente para determinados importes no es obligatorio la presentacion de un DUA, pero eso no impide el que se pueda presentar, asi que si tal como dice latienda, se considera robado, pues la mejor forma es presentando siempre el DUA, de esta forma la liquidacion se ajustara a factura, pero claro eso tiene como inconveniente que hay que escribir, y conocer las reglas,
La aduana no tiene que hacer la conversion, su funcion es fiscalizar y comprobar, esa operacion la debe facilitar el titular, de no hacerlo, se tira por el valor mas alto
Estoy de acuerdo en que los procedimientos son complicados, pero no menos complicados que cualquier otra actividad, cada una con sus complejidades,
Pero por favor no entienda esto como una disputa, mas bien es otro punto de vista